Art. 24º.- El Departamento de Formación de Grado tiene las siguientes funciones:
24.1.- Programar y dirigir las tareas de docencia según el Proyecto Educativo Institucional.
24.2.- Analizar, evaluar y revisar permanentemente los procesos de formación de los alumnos.
24.3.- Asesorar en asuntos académicos relacionados exclusivamente con las funciones docentes que se lleven a cabo en las cátedras que lo componen.
24.4.- Coordinar el desarrollo de los planes de estudios, para evitar superposiciones de cátedras y de contenidos a fin de integrar la docencia y mejorar el nivel de enseñanza-aprendizaje.
24.5.- Proponer a los profesores la estructura, reforma o cambio de programas de estudios de las asignaturas que integren las carreras.
24.6.- Analizar la organización interna de los planes de estudio y la posible reformulación de los mismos.
24.7.- Asesorar en la adquisición de material didáctico de todo orden para el dictado de los cursos.
24.8.- Coordinar actividades con los otros Departamentos
24.9.- Promover conexiones entre los contenidos impartidos en el Instituto y los respectivos planes universitarios, con el propósito de facilitar la vinculación entre los niveles superior no universitario y universitario.
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